Descripción general de los veteranos


La ceremonia básica de Honores Fúnebres Militares (MFH, por sus siglas en inglés) consiste en el plegado y la entrega de la bandera de los Estados Unidos a la familia del veterano y la interpretación del toque de corneta "Taps". La ceremonia es realizada por un destacamento de honores fúnebres compuesto por al menos dos miembros de las Fuerzas Armadas.


Los honores fúnebres que se le rindan a usted o a su veterano se determinarán según el estatus del veterano. El tipo de honores fúnebres puede ser Honores Militares Completos, un destacamento de 7 personas o un destacamento de equipo de honores estándar.


Al menos uno de los miembros del destacamento de honores fúnebres pertenecerá a la rama de las Fuerzas Armadas en la que sirvió el veterano fallecido. Un corneta podrá interpretar el toque de corneta o, en su defecto, se podrá utilizar una grabación de buena calidad. Los equipos de honores fúnebres militares podrán portar el féretro si así lo solicita el veterano o su familia.

Lápidas de veteranos


El Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) proporciona, previa solicitud y sin costo alguno para el solicitante, una lápida o marcador del gobierno para la tumba sin marcar de cualquier veterano elegible fallecido en cualquier cementerio del mundo, independientemente de la fecha de su fallecimiento. Para los veteranos elegibles que fallecieron a partir del 1 de noviembre de 1990, el VA también puede proporcionar una lápida o marcador para tumbas que ya cuentan con una lápida o marcador privado. Cuando la tumba ya está marcada, los solicitantes podrán optar por una lápida o marcador tradicional, o por un nuevo dispositivo (disponible a partir de la primavera de 2009).


Se ofrecen lápidas planas de granito, mármol y bronce, así como lápidas verticales de granito y mármol. El estilo elegido debe armonizar con los monumentos existentes en el lugar de sepultura. También se dispone de marcadores de nicho para señalar los columbarios utilizados para el depósito de cenizas.


Cuando el entierro o la conmemoración se realice en un cementerio nacional, un cementerio estatal para veteranos o un cementerio de una base o puesto militar, los funcionarios del cementerio encargarán una lápida o marcador basándose en la información de la inscripción proporcionada por el familiar más cercano o el representante autorizado.


Los cónyuges y dependientes no tienen derecho a una lápida o marcador proporcionado por el Gobierno a menos que estén enterrados en un cementerio nacional, un cementerio estatal para veteranos o un cementerio de una base o puesto militar.


Nota: La lápida o marcador en sí no tiene costo, sin embargo, los arreglos para colocarlo en un cementerio privado son responsabilidad del solicitante y todos los gastos de instalación corren por cuenta propia.


Aviso importante: Nueva ley sobre los requisitos para la colocación de lápidas y marcadores conmemorativos.

Banderas de entierro de veteranos


Se proporciona una bandera de los Estados Unidos, sin costo alguno, para cubrir el ataúd o acompañar la urna de un veterano fallecido que sirvió honorablemente en las Fuerzas Armadas de los EE. UU. Se entrega para honrar la memoria del servicio militar del veterano a su país. El Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) proporcionará una bandera de entierro para conmemoración en los siguientes casos:


  • Un veterano que sirvió durante la guerra.
  • Un veterano que murió en acto de servicio después del 27 de mayo de 1941.
  • Un veterano que prestó servicio después del 31 de enero de 1955.
  • Veterano en tiempos de paz que fue dado de baja o liberado antes del 27 de junio de 1950.
  • Ciertas personas que prestaron servicio en las fuerzas militares organizadas de la Mancomunidad de Filipinas mientras estaban al servicio de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y que fallecieron el 25 de abril de 1951 o después de esa fecha.
  • Algunos exmiembros de las Reservas Seleccionadas

Los beneficios


Honores fúnebres militares: La rendición de honores fúnebres militares es una forma de mostrar la profunda gratitud de la Nación hacia aquellos que, en tiempos de guerra y paz, han defendido fielmente a nuestro país. Este acto ceremonial de respeto es la última demostración que una nación agradecida puede brindar a la familia de un veterano. Banderas: Se proporciona una bandera de los Estados Unidos, sin costo alguno, para cubrir el ataúd o acompañar la urna. Generalmente, la bandera se entrega al familiar más cercano, como recuerdo, después de su uso durante el servicio fúnebre. Lápidas y marcadores: El Departamento de Asuntos de Veteranos proporciona, previa solicitud y sin cargo alguno, una lápida o marcador. Hay marcadores planos y lápidas verticales disponibles, así como marcadores para nichos en columbarios. Alternativamente, se puede adquirir un medallón que se puede colocar en una lápida comprada de forma privada.


Certificados Conmemorativos Presidenciales: Las familias también pueden recibir el Certificado Conmemorativo Presidencial (CMP), firmado por el Presidente en ejercicio, para honrar la memoria de los veteranos fallecidos dados de baja con honores.

Cementerios: Un funeral militar puede tener lugar en un cementerio privado, un cementerio estatal para veteranos o un cementerio que forme parte de la Administración Nacional de Cementerios del Departamento de Asuntos de Veteranos.


Los veteranos de todas las ramas militares tienen derecho a un funeral militar, independientemente de su rango y de si fallecieron en combate. Pueden haber estado en servicio activo, en la reserva, en la Guardia Nacional, retirados o ser veteranos de las fuerzas armadas. En el caso de los soldados que fallecen en servicio activo, las familias pueden solicitar una ayuda para el entierro y el sepelio para cubrir los gastos funerarios. Para los soldados que fallecen por causas no relacionadas con el servicio, pueden aplicarse reembolsos parciales. Para obtener más información, comuníquese con el Departamento de Asuntos de Veteranos de los Estados Unidos o visite http://www.cem.va.gov.

Preguntas sobre los veteranos


  • ¿Quiénes pueden optar a los honores fúnebres militares?

    • Miembros de las fuerzas armadas en servicio activo o en la Reserva Seleccionada.
    • Exmiembros de las fuerzas armadas que prestaron servicio activo y se retiraron en condiciones que no fueron deshonrosas.
    • Exmiembros de las fuerzas armadas que completaron al menos un período de alistamiento o un período de servicio obligatorio inicial en la Reserva Seleccionada y se retiraron en condiciones que no fueron deshonrosas.
    • Exmiembros de las fuerzas armadas dados de baja de la Reserva Seleccionada debido a una discapacidad contraída o agravada en el cumplimiento del deber.
  • ¿Quiénes no son elegibles para recibir honores fúnebres militares?

    • Cualquier persona separada de las Fuerzas Armadas en condiciones deshonrosas o cuyo carácter de servicio resulte en una restricción a los beneficios de veterano.
    • Cualquier persona a la que se le ordenó presentarse en un centro de reclutamiento, pero que en realidad no fue incorporada al servicio militar.
    • Cualquier persona dada de baja de la Reserva Seleccionada antes de completar un período de alistamiento o período de servicio obligatorio inicial por razones distintas a una discapacidad contraída o agravada en el cumplimiento del deber.
    • Cualquier persona condenada por un delito capital federal o estatal sentenciada a muerte o cadena perpetua.
  • ¿Cómo puedo determinar si cumplo los requisitos para ser veterano?

    El método preferido es el formulario DD 214, Certificado de baja o licenciamiento del servicio activo. Si no dispone del formulario DD 214, puede utilizar cualquier documento de baja que indique un servicio distinto al deshonroso. El formulario DD 214 se puede obtener rellenando el formulario estándar 180 y enviándolo a: National Personnel Records Center (NPRC), 9700 Page Blvd., St. Louis, MO 63132. El formulario estándar 180 se puede obtener en el Centro Nacional de Registros o a través del siguiente sitio web: http://www.archives.gov/research/order/standard-form-180.pdf

  • ¿Hay alguien más que pueda recibir honores fúnebres?

    Sí. Los miembros del Cuerpo de Oficiales Comisionados del Servicio de Salud Pública (PHS) y de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica (NOAA), como miembros de un Servicio Uniformado, también son elegibles para recibir honores fúnebres. Para el personal de la NOAA, la elegibilidad se establece mediante el Formulario NOAA 56-16, Informe de Transferencia o Baja. Si la familia no tiene una copia del Formulario NOAA 56-16, puede obtenerla comunicándose con el Jefe de la División de Servicios para Oficiales del Centro de Personal Comisionado de la NOAA al (301) 713-7715 o escribiendo a: National Oceanic and Atmospheric Administration Commissioned Personnel Center Chief, Officer Services Division (CPC1) 1315 East-West Highway, Room 12100 Silver Spring, Maryland 20910. Para el personal del PHS, la elegibilidad para honores fúnebres se establece mediante el Formulario PHS 1867, Declaración de Servicio (equivalente al Formulario DD 214). Si la familia no dispone de una copia del Certificado de Servicio, puede obtenerla comunicándose con el Coordinador de Privacidad del Cuerpo de Oficiales al (240) 453-6041 o escribiendo a: Division of Commissioned Personnel/HRS/PSC Atención: Privacy Act Coordinator 5600 Fishers Lane 4-36 Rockville, Maryland 20857

  • ¿Quiénes pueden recibir la bandera funeraria?

    Por lo general, la bandera se entrega al familiar más cercano, como recuerdo, después de su uso en el funeral. Si no hay familiares directos, el Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) proporcionará la bandera a un amigo que la solicite. En los cementerios nacionales del VA que cuentan con una Avenida de Banderas, las familias de los veteranos sepultados en estos cementerios pueden donar las banderas de sus seres queridos para que ondeen en días festivos patrióticos.

  • ¿Cómo se puede solicitar una bandera funeraria?

    Puede solicitar la bandera completando el formulario VA 27-2008, Solicitud de Bandera de los Estados Unidos para Fines Funerarios. Puede obtener una bandera en cualquier oficina regional del Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) o en una oficina de correos de los Estados Unidos. Generalmente, el director de la funeraria le ayudará a obtenerla.

  • ¿Se puede reemplazar una bandera de entierro?

    La ley nos permite entregar una bandera para el funeral de un veterano. No podemos reemplazarla si se pierde, se destruye o es robada. Sin embargo, algunas organizaciones de veteranos u otros grupos comunitarios podrían ayudarle a conseguir otra bandera.

  • ¿Cómo debe exhibirse la bandera del entierro?

    La forma correcta de exhibir la bandera depende de si el ataúd está abierto o cerrado. El formulario VA 27-2008 proporciona el método correcto para exhibir y doblar la bandera. La bandera funeraria no es apta para exhibirse al aire libre debido a su tamaño y material. Está hecha de algodón y puede dañarse fácilmente con las inclemencias del tiempo.